Estas disposiciones están contempladas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, la Ley Provincial N° 1.713 y la Ley Provincial N° 1.843, que regula de manera específica el desplazamiento de maquinaria agrícola y equipos especiales en la vía pública.
Con el incremento de las tareas propias del ciclo productivo, como labores de cosecha, siembra y servicios de mantenimiento, se intensifica la presencia de maquinaria pesada en zonas rurales. En este contexto, resulta fundamental reforzar las pautas de seguridad para prevenir siniestros viales y favorecer una convivencia responsable entre todas las personas usuarias de la red vial.
Recomendaciones para una circulación segura
Seguro obligatorio: las máquinas deben contar con la cobertura correspondiente para su circulación.
Licencia habilitante: quienes conduzcan este tipo de vehículos deben poseer la licencia específica para la categoría.
Horarios permitidos: la circulación debe realizarse únicamente durante las horas de luz natural, evitando desplazamientos en condiciones de baja visibilidad.
Prohibiciones: no se permite estacionar o detenerse sobre la calzada ni en sectores que reduzcan la visibilidad; tampoco realizar maniobras de sobrepaso.
Adecuación del vehículo: se deben desmontar los elementos removibles que excedan el ancho reglamentario. Además, la maquinaria debe contar con frenos en correcto funcionamiento, luces reglamentarias, señalización visible y banderas de advertencia.
El Ministerio reiteró la importancia de adoptar estas medidas, que son esenciales para reducir riesgos y garantizar una circulación segura, tanto para quienes trabajan en el ámbito agrícola como para el resto de la ciudadanía.