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  LUNES 22/06/2026
Milei abrió las puertas a una nueva toma de deuda por hasta 5 mil millones de dólares adicionales
El gobierno de Javier Milei cedió además soberanía y avaló que, en caso de eventuales controversias, estas se resuelvan en tribunales de los Estados Unidos.

El Gobierno Nacional autorizó este lunes la toma de una nueva toma de deuda, por hasta 5 mil millones de dólares con entidades financieras internacionales.

Así quedó plasmado en el Decreto 478/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Milei; su cuestionado Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo.

Entre los considerandos de la medida, el gobierno libertario advirtió que el objetivo es reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional, mediante la obtención de recursos en dólares estadounidenses en condiciones consideradas más favorables para el Estado nacional, merced de la baja del Riesgo País.

El decreto autoriza a incluir cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales de la ciudad de Nueva York, en Estados Unidos, para resolver eventuales controversias vinculadas a los contratos de préstamo.

La medida también contempla la renuncia a oponer la defensa de inmunidad de jurisdicción respecto de esos reclamos específicos. No obstante, el decreto aclara que la República Argentina no renuncia a la inmunidad de ejecución sobre una serie de bienes estratégicos del Estado.

En ese sentido, la norma establece que no podrán ser objeto de medidas de ejecución las reservas y cuentas del Banco Central, los bienes del dominio público, las representaciones diplomáticas, los activos militares, el patrimonio cultural, y otros bienes considerados esenciales o protegidos por leyes específicas.

También quedan excluidos impuestos, regalías y recursos destinados al funcionamiento del Estado, así como bienes declarados inembargables por el Congreso de la Nación.

El texto señala que estas protecciones continuarán vigentes aún cuando las controversias derivadas de los contratos de financiamiento se tramiten en tribunales extranjeros.

Además, el decreto habilita a las secretarías de Hacienda y Finanzas a definir plazos, tasas, monedas y condiciones de los préstamos, seleccionar bancos participantes, contratar agentes financieros y acordar el pago de comisiones y gastos vinculados a las operaciones.

Asimismo, podrán designarse funcionarios para suscribir la documentación necesaria y ejecutar las medidas requeridas para concretar los acuerdos de financiamiento.

El gasto derivado de estas operaciones será imputado a las partidas correspondientes al Servicio de la Deuda Pública.

(MinutoUno)

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