VIERNES 06 de Noviembre
VIERNES 06 de Noviembre // GENERAL PICO, LA PAMPA
Seguinos en
Compartir
Twittear
  VIERNES 06/11/2026
La Corte Suprema reactivó la causa por el Atuel
Luego de más de seis años de reiteradas solicitudes y presentaciones realizadas por La Pampa, la Corte Suprema de Justicia reactivó el proceso judicial por el cual la Provincia de La Pampa solicita la restitución del rio Atuel.

Mediante una Resolución notificada en el día de la fecha solicitó a las partes que en el término de 20 días informen si se concretó algún acuerdo parcial en el ámbito de la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (CIAI).

Asimismo, solicitó se describa cuál fue la actividad desarrollada con posterioridad a la sentencia que emitiera en el año 2020 para el cumplimiento de los objetivos que ordenó.

Recuérdese que en el año 2020, la CSJN resolvió:

1.- Fijar como meta interina un caudal mínimo permanente del río Atuel de 3,2 m3/s en el límite interprovincial entre La Pampa y Mendoza (art. 40, ley 25.675).

2.- Ordenar a las provincias involucradas que, junto con el Estado Nacional, determinen en la órbita de la C.I.A.I. las acciones u obras de infraestructura necesarias para alcanzar el caudal mínimo permanente fijado, debiendo indicar el tiempo que demandarán y el porcentaje de los costos que cada una de las jurisdicciones afrontará y, asimismo, que diagramen un programa de monitoreo permanente que permita el control en el tiempo, de la provisión del caudal mínimo fijado y de la evolución de la biota, la salinidad y los niveles freáticos. La presentación de los programas de acciones u obras y de monitoreo ordenados, deberán ser sometidos a la aprobación de este Tribunal dentro del plazo de noventa (90) días.

3.- En el intercambio entre las tres jurisdicciones deberá tomarse en cuenta la propuesta formulada por el Estado Nacional a fs. 1633/1635 (apartado 4.2 del Anexo 4 obrante a fs. 1630/1636), aceptada por la Provincia de Mendoza en su presentación del 14 de noviembre de 2019.

4.- En el caso de no alcanzarse ninguna solución acordada por las tres jurisdicciones, esta Corte definirá el curso de acción a seguir.

5.- Instar a las provincias de La Pampa y Mendoza al fortalecimiento institucional del organismo de cuenca, integrando al Estado Nacional, a cuyo fin, deberá considerarse la propuesta realizada al respecto por la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica de la Nación a fs. 1635 para la conformación de la Comisión Interjurisdiccional del Río Atuel (CIRA), en reemplazo de la actual Comisión.

Luego de más de 6 años de reiteradas solicitudes y presentaciones realizadas por esta Provincia, se celebra la reanudación de la causa judicial en los estados de la Corte.

(APN)

Comentarios
 
ACLARACIÓN: No se publicarán insultos, agravios, ni cualquier otro texto con términos injuriosos.
Tampoco se publicarán comentarios con mayúscula fija.
No observar estas condiciones obligará a la eliminación automática de los mensajes.
 
Escriba su comentario



Diseño y diagramación: A P