Luis Miguel Rodríguez fue condenado a un año de prisión efectiva por ser autor del delito de lesiones graves dolosas en perjuicio de otro hombre de 29 años.
¿Qué ocurrió? Una medianoche, el imputado agredió a la víctima mediante una puñalada, en una casa de la calle Conhelo, en Santa Rosa. Como consecuencia de la herida punzocortante en un riñón, el damnificado fue atendido en el hospital Favaloro y su vida corrió riesgo.
En la sentencia, el juez de control santarroseño, Carlos Ordas, declaró a Rodríguez reincidente y le imputó más delitos en otras causas: amenazas agravadas por el uso de armas (le apuntó a una mujer y le advirtió que la mataría), lesiones agravadas por el vínculo en dos ocasiones y amenazas simples.
En estos últimos casos los damnificados/as fueron familiares directos y los hechos se enmarcaron en las leyes 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres y 26.061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
El conflicto penal se resolvió a través de la vía alternativa de un juicio abreviado, presentado por el fiscal Facundo Bon Dergham, el defensor particular Benjamín Ortiz y el propio acusado, de 41 años, quien admitió la autoría de los ilícitos.
Ordas, al cumplirse los requisitos formales, lo homologó a través de su fallo.
Cuando la víctima del apuñalamiento fue notificada sobre los alcances del acuerdo, pidió que su agresor reciba una pena mayor. No obstante, el Código Procesal Penal de La Pampa, si bien destaca el derecho de las víctimas a ser informadas, también estipula que sus respuestas no son vinculantes para la resolución del expediente.
Rodríguez fue declarado reincidente porque en 2017 lo condenaron a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por robo simple, amenazas simples, hurto simple y resistencia a la autoridad; unificándosele esa pena con otra anterior de 2016. Luego, en 2020, recibió otros seis meses de prisión por lesiones leves calificadas por violencia de género y amenazas.
A su vez, en otro abreviado, Alan Agustín Tapia (27 años) fue condenado también a un año de prisión de cumplimiento efectivo como autor de los delitos de lesiones graves y desobediencia judicial, enmarcado el segundo en un contexto de violencia de género.
Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó probado que el 4 de septiembre Tapia le dio a otro hombre dos puntazos con un cuchillo en la zona inguinal derecha y, además, le provocó heridas cortopunzantes en un brazo y un omóplato. Ello ocurrió una madrugada en Wilde y Hucal, en Santa Rosa.
A su vez, una hora antes, había cometido el delito de desobediencia judicial porque estaba con su pareja, cuando el juez de control Néstor Ralli le había dictado el 11 de agosto una restricción de acercamiento a ella por 60 días.
Tapia, quien permanece detenido desde los primeros días de septiembre, fue declarado reincidente porque ya había recibido una condena anterior, a un año de prisión en suspenso, por robo simple en concurso real con hurto simple, por hechos ocurridos en 2018.
(Prensa STJ)