El proceso había comenzado luego de denuncias por maltrato laboral, abuso de autoridad, violencia de género y otros hechos ocurridos en el ámbito del tribunal. Ahora, de todas maneras, le espera un juicio penal.
La decisión fue adoptada este miércoles. El Jurado consideró que los hechos acreditados durante el proceso no alcanzaron la gravedad necesaria para configurar la causal constitucional de mal desempeño, que había motivado la acusación y el pedido de destitución.
El expediente había llegado al jury luego de que el Consejo de la Magistratura aprobara, por mayoría de dos tercios, avanzar con el procedimiento de remoción. En esa instancia, se había atribuido a Díaz Lacava “graves desórdenes de conducta personal” y falta de “probidad y decoro”, además de situaciones de violencia y acoso laboral contra trabajadores y trabajadoras de su tribunal.
La acusación incluyó episodios de “violencia contra la mujer” contra Alina Laura Trento, Erika Evelina Savluk, Bárbara Medwid y Norma Beatriz Martínez. También se señalaron hechos de “violencia y acoso laboral” contra Ignacio Rodríguez Berdier y Ricardo Javier Sequeira González.
El proceso disciplinario se inició en abril de 2023, a partir de una denuncia presentada por tres secretarios del tribunal que integraba Díaz Lacava. Los denunciantes lo acusaron de maltrato laboral, abuso de autoridad, coacción y violencia de género.
Sin embargo, luego de la sustanciación del juicio político, el jurado concluyó por unanimidad que los hechos no tenían la entidad suficiente para disponer la sanción más grave prevista para un magistrado.
El veredicto sostuvo que se trató de “un desenlace desproporcionado que de ningún modo puede justificar la destitución de un magistrado cuya honorabilidad e idoneidad técnica permanecen indemnes”.
Según la resolución, los hechos denunciados existieron, pero no alcanzaron “la entidad, lesividad ni gravedad cualificada” exigidas para configurar los graves desórdenes de conducta previstos en el artículo 25, inciso 5, de la ley 24.937.
El jury también cuestionó que no se hubieran utilizado de manera adecuada los mecanismos administrativos internos del tribunal para abordar el conflicto. En ese sentido, sostuvo que “la decisión de ignorar los carriles específicos previstos al respecto en favor de una inmediata incriminación penal no puede ser subsanada mediante la sanción más drástica”.
Díaz Lacava había sido suspendido de sus funciones por el Consejo de la Magistratura el 15 de abril último. Además, desde hace aproximadamente tres años y medio pesa sobre él una orden de alejamiento de al menos 300 metros respecto de las personas denunciantes, por lo que durante ese período trabajó de manera remota.
Con el fallo del jury, el magistrado volverá a desempeñarse como juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Pampa, aunque continuará vigente la situación derivada de esa medida de alejamiento.
El pedido de remoción había sido impulsado ante el jury por los integrantes del Consejo de la Magistratura Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal y Álvaro González, diputado nacional del PRO. Los acusadores responsabilizaron al magistrado por episodios sistemáticos de violencia y sostuvieron que había incurrido en desórdenes de conducta que afectaron el servicio de justicia.
Durante el debate se expusieron situaciones que incluyeron insultos y comentarios inapropiados, un piedrazo arrojado por el magistrado hacia una ventana donde se encontraban denunciantes y episodios en los que empleados habrían sido encerrados en una oficina mientras eran increpados e interrogados.
La defensa de Díaz Lacava, encabezada por el abogado Andrés Gil Domínguez, sostuvo entre otros argumentos que un dictamen del Cuerpo Médico Forense, elaborado luego de entrevistas con los denunciantes, no había detectado lesiones físicas.
La defensa también atribuyó la conducta del magistrado a su elevado nivel de autoexigencia respecto del funcionamiento del tribunal y calificó algunos episodios, como el del piedrazo, como “una broma de mal gusto”.
“El juicio político -concluyó el jury- no fue concebido para suplir las falencias del gobierno interno del Tribunal, ni para transformar desajustes de gestión y convivencia en causas constitucionales de remoción”.
La resolución del Jurado de Enjuiciamiento no pone fin al conflicto judicial. Díaz Lacava enfrenta además una causa penal independiente, en la que se investigan presuntos delitos de abuso de autoridad, amenazas, lesiones y distintos hechos de violencia y hostigamiento.
El Tribunal Oral Federal que tendrá a su cargo ese debate está integrado por los jueces Facundo Zapiola, José Fabián Asís y Sabrina Nammer. El expediente se encuentra actualmente en la etapa de ofrecimiento de prueba y, según la información incorporada al caso, el juicio oral está previsto para la segunda quincena de septiembre.
La decisión del jury no condiciona esa causa penal, que continuará su trámite para determinar si existió responsabilidad penal por los hechos atribuidos al magistrado.
(DiarioTextual)