MIÉRCOLES 26 de Agosto
MIÉRCOLES 26 de Agosto // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  MARTES 25/08/2026
Conductor fue condenado a prisión efectiva e inhabilitación por un siniestro con varios lesionados
El accidente se produjo en 2025 en la primera curva hacia Speluzzi, cuando el conductor de una camioneta VW se adelantó a otro vehículo y chocó de frente con quien circulaba en sentido contrario.

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Juan Pablo  Redondo, de 46 años, como coautor material de los delitos de lesiones graves culposas agravadas por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, por violación de la señal de tránsito que indica el sentido de circulación y por obrar con culpa temeraria - en perjuicio de una damnificada- y lesiones leves culposas (4 hechos)- en perjuicio de otras cuatro víctimas.

Redondo fue condenando a la pena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento  e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo con motor por el término de cuatro años.

Además le revocó la condicionalidad de una pena anterior  y se la unificó  con la solicitada en el presente acuerdo, componiendo la pena única y total de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo con motor por el término de cuatro años.

Las pruebas incorporadas en el acuerdo permitieron comprobar que el 19 de septiembre de 2025, siendo aproximadamente las 20.45, Juan Pablo Redondo se conducía al mando de un vehículo pick up marca Volkswagen, modelo Amarok, a gran velocidad, por la primera curva en dirección General Pico a Speluzzi e intentó sobrepasar, precisamente en la zona señalizada con doble línea amarilla, a un automóvil marca Renault modelo Logan, conducido por la damnificada,  quien iba acompañada por su hija de 14 años de edad; y seguidamente una motocicleta marca Honda, modelo Wave, conducida por un hombre, acompañado por su pareja;  impactando en el carril de circulación contrario a otro automotor,  marca Chevrolet, modelo Aveo, conducido por el damnificado acompañado por su pareja y su nieto de 6 años de edad, quien transitaba en sentido opuesto.

Al trasladarse al carril contrario impactó con el rodado del damnificado, el  Chevrolet, modelo Aveo,  quien perdió el dominio de su vehículo e impactó con el automotor Renault Logan conducido por la damnificada. Provocando lesiones graves a la conductora del Renault Logan y lesiones leves a su hija y los tripulantes del Chevrolet Aveo.

El acuerdo fue presentado por el imputado, el defensor particular Fernando Bardín y el fiscal Guillermo Komarofky.

Los damnificados, al ser informados por el Ministerio Público Fiscal sobre la modalidad adoptada para finalizar el proceso, las características y consecuencias jurídicas, así como el contenido del acuerdo y pena acordada, expresaron su consentimiento.

Con las lesiones constatadas en las víctimas, el informe pericial accidentológico realizado por la Agencia de Investigación Científica, el acta de inspección ocular, las declaraciones de los testigos “ha quedado demostrada la conducta imprudente, negligente y antirreglamentaria del imputado y el resultado de la misma”, dijo el juez.

“Como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene a Juan Pablo Redondo a la pena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento  e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo con motor, por el término de cuatro años”, concluyó Pregno.

Teniendo en cuenta que el imputado cuenta con  antecedentes, las partes solicitaron que se revoque la condicionalidad de la pena y se unifique la misma  con la solicitada actualmente, componiendo la pena única y total de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo con motor por el término de cuatro años.

(Prensa Audiencia de Juicio)

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