JUEVES 05 de Noviembre
JUEVES 05 de Noviembre // GENERAL PICO, LA PAMPA
Seguinos en
Compartir
Twittear
  JUEVES 05/11/2026
ARCA extendió la suspensión de juicios fiscales y amplió facilidades de pago a pymes
El organismo formalizó las medidas anunciadas por Luis Caputo en la UIA.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó la prórroga de la suspensión de juicios fiscales, y amplió el plan de facilidades de pago a entidades sin fines de lucro, el sector de salud, MiPyMEs y pequeños contribuyentes.

A través de la adecuación de la Resolución General 5.628, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se confirmó formalmente la extensión del plazo de suspensión de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares, hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.

La disposición contempla a las micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2) que posean el “Certificado MiPyME” vigente a la fecha de dictado de la norma. Asimismo, la prórroga abarca a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro y a los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud.

En el texto oficial, el organismo aclaró que la suspensión dispuesta no limitará su accionar en casos de grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente.

En paralelo, se introdujeron modificaciones a la Resolución General 5.875, con el fin de facilitar la regularización tributaria, aduanera y de los recursos de la seguridad social. De esta manera, se dispuso la ampliación de obligaciones comprendidas y se fijó un nuevo plazo de acogimiento.

Con respecto al primer punto, se determinó que el régimen especial pasa a incluir aquellas deudas tributarias y multas aplicadas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, inclusive. Así se extiende el límite previo que alcanzaba sólo hasta el 30 de junio de 2026.

En cuanto al periodo de suscripción, quedó establecido que las solicitudes de adhesión se podrán realizar hasta el 30 de junio de 2027, inclusive, mediante la plataforma web “Mis Facilidades”, que posee el organismo.

Si bien la norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el sistema informático habilitará la opción para incorporar las deudas vencidas al 31 de octubre, a partir del 16 de noviembre de 2026.

Las medidas habían sido anunciadas por el ministro de Economía, Luis Caputo, en el marco de la 32.ª Conferencia de la Unión Industrial Argentina (UIA), con el fin de brindar a las empresas “herramientas que fomenten su desarrollo, el impulso del empleo y el crecimiento de las exportaciones”.

(AgenciaNA)

Comentarios
 
ACLARACIÓN: No se publicarán insultos, agravios, ni cualquier otro texto con términos injuriosos.
Tampoco se publicarán comentarios con mayúscula fija.
No observar estas condiciones obligará a la eliminación automática de los mensajes.
 
 05/11/2026 | 12:01 Hs
Enviado por Mefisto
Vamos a suspender la operación para extirparte el tumor maligno y en lugar de aplicarte rayos tomate esta aspirina... vencida, con confianza que no pasa nada
 
Escriba su comentario



Diseño y diagramación: A P