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  MIÉRCOLES 15/10/2025
ANMAT prohibió la venta de una reconocida golosina
También hizo lo propio con una serie de productos “keto”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta en todo el país de una reconocida golosina y una serie de productos calificados como "keto".

Así quedó plasmado en las Disposiciones 7558/2025 y 7566/2025 publicadas hoy en el Boletín Oficial, con la firma de la titular de dicho organismo, Nélida Agustina Bisio.

En la primera de ellas se prohibió "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los productos 'Pan premium keto y vegano', hecho con harina de almendras con mix de semillas, marca Mami Keto - alimento saludable; 'Yogur griego natural', marca Mami Keto; 'Pepas keto', marca Mami Keto'; 'Budín keto', marca Mami Keto; 'Alfajor keto', marca Mami Keto; 'Cookies keto', marca Mami Keto; 'Crackers keto', marca Mami Keto".

La prohibición alcanza a cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento de estos productos.

De acuerdo con la Anmat, se trata de productos que no presentan en su rótulo registros sanitarios ni información que determine su origen.

"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara, como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República", advirtió la Anmat.

Y advirtió que por carecer de registros sanitarios de establecimiento y de producto, tienen que ser considerados "productos apócrifos", potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los consuman.

En tanto, la Disposición 7566/2025 prohibió "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea, el producto rotulado como: 'Copito de Nieve, Heladitos Secos', R.N.E. N°: 04017294, R.N.P.A. N°: 04039186-04039187".

La medida alcanza en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

De acuerdo con la Anmat, se trata de un producto que carece "de registros sanitarios de establecimiento y de producto", y que está "falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto apócrifo", y por lo tanto potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

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