La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la venta en todo el país de una serie de cremas con supuestas propiedades terapéuticas, y de productos de limpieza para piletas.
Así quedó plasmado en las Disposiciones 778/2026; 793/2026 y 802/2026 publicadas hoy en el Boletín Oficial, con la firma del titular del organismo, Luis Eduardo Fontana.
En la primera de ellas, la ANMAT prohibió “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, como así también toda publicidad, del siguiente producto: “Desinfectante de agua de piscinas, nataclor OXY POOL. DOSIFICACIÓN: Una medida de 20 gramos (utilizando el inserto en forma de cuchara) cada 10.000 litro de agua, todos los días, al caer el sol. R.N.P.U.D.: N° EX-2023- 105252406. R.N.E.: 020046612. Contiene: 90% Dicloro isocianurato de sodio. 10% Oxígeno activo”.
La prohibición alcanza a todas las presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos del producto vedado.
De acuerdo con la ANMAT, se trata de un producto ilegítimo que no está debidamente registrado ante dicho organismo y es, por lo tanto, potencialmente peligroso para la salud de quienes lo utilicen.
En tanto, la Disposición 793/2026 prohibió “el uso, la comercialización, la publicidad y publicación en plataformas de venta en línea, y distribución en todo el territorio nacional de los productos, en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, identificados como “RUCREM CURATIVA - Presentación 90grs - Crema cicatrizante y antiséptica, indicada para usar en heridas con o sin pus, forúnculos, acné bacteriano, quemaduras, prevención y reparación de heridas post quirúrgicas - Res. Ministerial Hab. N° 2557 - ANMAT RES. 155/98 - Campo Quijano Salta - D.T. Farmacéutico: O.F. Giménez / MP 858 - RUEFENACHT; ‘RUCREM BLOQUEADOR SOLAR RB FPS 80’ - Cont. neto 220ml - Para piel extremadamente sensible a la quemadura solar - Lugar de elaboración: Planta Ruefenacht Av. 9 de Julio 661 - Campo Quijano - SALTA - HABILITACIÓN: M. LEG. N° 2557 / ANMAT - RES. 155/98 - Dir. Técnica Quim: Ramiro Vergara Leg. 18743/18 - Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE) - CUIT 20-29336758-3 - RUEFENACHT; ‘SOLUCIÓN DESINFLAMANTE EN CREMA INDICADO PARA ALIVIAR PROCESOS DE DOLOR Y/O INFLAMACIÓN DE LIGAMENTOS, ARTICULACIONES, MÚSCULOS Y TENDONES ATO-FLEX FORTE’ - Laboratorio Ruefenacht - Res. Ministerial Hab. N° 2557 - ANMAT RES. 155/98 - Campo Quijano SALTA - D.T. Farmacéutico: O.F. Giménez / MP 858 – RUEFENACHT”.
De acuerdo con la ANMAT se trata de “productos ilegítimos, no inscriptos ante la ANMAT, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia, para los que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”.
Finalmente, la Disposición 802/2026 prohibió “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto identificado como: “VERRUGOL (Nitrato de Plata 95 % y Nitrato de Potasio 5 %)”, hasta tanto cuente con las habilitaciones sanitarias correspondientes”.
(MinutoUno)