El jefe comunal no desoyó la fuerte advertencia de que estaba cometiendo una ilegalidad, por parte del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Igual esos sectores comenzaron a ser custodiados por personal policial.
El reto del STJ cayó mal en la intendencia, pero reconocieron el error. Sin embargo, algunos vecinos ensayaron una autoconvocatoria para resistir. Incluso violando la cuarentena. «No queremos que venga gente de afuera y nos contagien el coronavirus», dijeron.
Finalmente la protesta no prosperó y Kenny los mandó a la casa para que siguieran con el aislamiento. «Muchos decidieron arriesgar su vida con una autoconvocatoria pero les pedimos que cuiden a su familia y quedarse en casa», dijo.
Victorica, precisamente, fue el principal motivo por el que José Sappa, presidente del STJ, saliera a advertir que era una medida ilegal la que habían tomado una decena de intendentes.
Es que Kenny había advertido que nadie podía ingresar: incluso, «ni por salud» al pueblo, según un posteo en Facebook. Es decir, ni las ambulancias de pueblos vecinos podrían pasar pese a que el Hospital Luisa Pedemonte de Pistarini es zonal.
Las intendencias de Santa Isabel y de Telén patalearon en Casa de Gobierno y el gobernador Sergio Ziliotto tomó nota.
Diario Textual pudo saber que el mandatario mantuvo contactos con sus ministros por la mañana, donde decidieron cortar de raíz con una situación que se iba desmadrando. Pero decidieron no realizar una condena desde Casa de Gobierno y fueron por Sappa. El presidente del STJ fue quien, al final, bajó línea a los jefes comunales.
El intendente, por la noche, dijo que en los lugares donde había montículos de tierra ahora habrá policías controlando. Y sostuvo que hablará en las próximas horas con el Ministerio de Salud para ver la posibilidad de que allí se realicen controles sanitarios.
Por lo pronto, otros intendentes también comenzaron a recular. No quieren tener problemas: Sappa les advirtió que los fiscales deberían investigarlos.
Sappa remarcó que las medidas establecidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020, del Poder Ejecutivo Nacional, regulan, en razón de la emergencia sanitaria declarada, diversas restricciones temporarias a la libertad de circulación con el fin de asegurar el aislamiento social preventivo y obligatorio. “Si bien la garantía de cumplimiento de dichas regulaciones compete a todos los niveles gubernamentales, en relación a las particularidades del control comunal, es preciso acotar que los municipios deben ejercerla de conformidad a las prescripciones de la Constitución de la Provincia de La Pampa y de la Ley Orgánica de Municipalidades (N° 1597 y sus modificatorias), y bajo el marco de supremacía de la Constitución Nacional (artículo 31)”, agregó.
«Los municipios no pueden establecer restricciones adicionales o no contempladas en la normativa nacional o provincial, ni establecer excepciones no previstas o aplicar restricciones de ingreso o egreso a su ejido; suscitando con ello un conflicto de poderes», dijo. «Todo ello sin perjuicio de su potestad y deber de cooperar en el control de las prohibiciones y habilitaciones de la normativa que ejercen las autoridades federales y provinciales en forma concurrente, y sin interferir en el cumplimiento de sus fines”, expresó.
(DiarioTextual)