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  MARTES 08/01/2019
Tiempo límite para recategorizarse en el Monotributo
Hasta el 21 de enero los monotributistas tendrán tiempo de recategorizarse en AFIP.

Recategorización del Monotributo: ¿Cuáles son los parámetros a considerar? A los efectos de la recategorización, se deberán considerar los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada a la actividad en ese momento.

Si transcurrió un semestre desde la inscripción y al anualizar los ingresos brutos para la recategorización, se supera el límite de la categoría máxima, ¿corresponde la inscripción en el Régimen General?

No, ya que si se superan los límites de la última categoría por anualización de acuerdo con la actividad desarrollada por el contribuyente, quedará encuadrado en esa última categoría hasta la próxima recategorización semestral. Por lo tanto, no queda excluido del monotributo y permanece en ese régimen hasta la siguiente recategorización.

Límites

Es muy importante no pasarse de los límites establecidos de la última categoría,  que la AFIP excluye de oficio y pasaran automáticamente a ser RESPONSABLES INSCRIPTOS, este listado de “EXCLUIDOS” AFIP los publica todos los principios de mes.

Una vez notificados los contribuyentes, se encuentran con la sorpresa de los impuestos que deben empezar a pagar IVA, autónomos, ganancias personas humanas e intereses resarcitorios por mora de pago de dichos impuestos.

Para aquellos que son excluidos de manera retroactiva, si es que se verifico  algún inconveniente en el pasado (como, por ejemplo, haber superado el límite máximo de facturación, haber tenido débitos en la cuenta bancaria superiores al límite máximo, gastos con tarjetas excesivos, entre otros) deberán hacerse responsables de las deudas y faltas de presentaciones juradas que la AFIP considere para ponerse en regla con el nuevo régimen general.

Para el 2019 se han modificado la tabla según ley 27.430 con los nuevos montos de facturación anual, alquileres y con las mensualidades que deben pagarse Los aumentos de este año dan que los parámetros y las mensualidades deberán ajustarse un 28,48%.

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Diseño y diagramación: A P