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  LUNES 12/11/2018
SANTA ROSA
Pintor condenado por tres casos de grooming
Con una cuenta falsa, el condenado pedía tener relaciones sexuales a menores a cambio de drogas o dinero.

El juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli, condenó hoy a un hombre a seis meses de prisión en suspenso como autor material y penalmente responsable del delito de grooming en tres hechos, en concurso real.

De acuerdo a las pruebas aportadas por la fiscalía, el magistrado consideró que quedó acreditado que una persona de apellido Kathrein mantuvo contacto, mediante un perfil apócrifo y a través de la red social Facebook, con una niña que tenía 13 años “pactando un encuentro en las vías del tren en enero” de este año. Además, le ofreció dinero a cambio de sexo.

De la misma forma contactó a una joven de 17 años “proponiéndole estar juntos íntimamente, a cambio de comprarle una tablet o diferentes cosas materiales”, según puede leerse en la sentencia. A una tercera menor la contactó en 2016, “desde diferentes perfiles y presentándose como Ema” y le ofreció “drogas o dinero para mantener relaciones sexuales, así como diferentes cosas materiales”.

El conflicto penal se resolvió por la vía de un juicio abreviado presentado por el fiscal Walter Martos, el defensor oficial Claudio Alejandro Martínez Sabio y el acusado, un pintor de 27 años que admitió la autoría de los hechos.

Además las partes acordaron que deberá cumplir las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar domicilio, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno con las damnificadas, y realizar un tratamiento psicológico especializado en la temática.

¿Qué dijeron las víctimas al ser informadas del acuerdo? El padre de la niña de 13 años se mostró de acuerdo y dijo, en referencia al acusado, que “le sirva de experiencia para no volver a cometer el mismo hecho”. La joven de 17 años, que hoy tiene 19, también dio su conformidad e indicó que no deseaba presentarse a una audiencia. Y la madre de la restante concurrió a la audiencia de visu y también se mostró a favor de lo convenido.

Ralli, en los considerandos de la sentencia, dijo que a su criterio la pena acordada era “escasa”, pero como el artículo 382 del Código Procesal Penal le prohíbe al juez -en los abreviados- fijar una pena superior o más grave a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal, debió limitarse a ello y avalar lo convenido entre las partes.

“En atención a las ofertas de suministro de drogas, realizadas por Kathrein, corresponde remitir una copia del fallo a la fiscalía Federal de Santa Rosa”, concluyó el magistrado.

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