VIERNES 06 de Junio
VIERNES 06 de Junio // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  DOMINGO 17/06/2018
Piden que las Comisiones de Fomento de La Pampa paguen a sus empleados por cajero automático
La iniciativa corresponde a diputados provinciales del Frepam. En la actualidad, los trabajadores de esas localidades reciben un cheque en mano.

Los diputados provinciales Luis Solana y Marcela Coli proponen que los empleados municipales de las Comisiones de Fomento de La Pampa cobren sus sueldos a través de los cajeros automáticos del Banco de La Pampa, y no a través de un cheque en mano como es la práctica.

Los legisladores presentaron un proyecto de ley para modificar la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento que en su artículo 146 bis debería indicar que "los trabajadores cobrarán sus remuneraciones mediante depósitos en caja de ahorro -Cuenta sueldo- creada a sus nombres en el Banco de La Pampa. No será obligatorio para funcionarios y/o gerentes".

“De esta manera, el gobierno provincial garantizará esto a través del Banco de La Pampa, con la apertura de sucursales bancarias y/o cajeros automáticos en cada una de las 18 localidades que disponen de Comisiones de Fomento. Estas son Adolfo Van Praet, Agustoni, Chacharramendi, Colonia Santa María, Cuchillo Co, Falucho, La Reforma, Limay Mahuida, Loventuel, Maisonnave, Perú, Pichi Huinca, Quetrequén, Relmo, Rucanelo, Sarah, Speluzzi y Unanue. En algunas ya funcionan los cajeros, que fueron instalados por el BLP en los últimos años”, detallaron.

En los fundamentos de la iniciativa, Solana y Coli indicaron que "actualmente, en algunos casos, la percepción de los haberes del personal se realiza mediante cheque, para cuyo cobro deben esperar la visita ocasional de la plataforma móvil del Banco de La Pampa, o bien trasladarse a localidades que cuentan con este servicio".

"Esta situación acarrea un evidente perjuicio para los trabajadores, a la hora de disponer de sus haberes. No solo no pueden disponer de 'su' dinero cuando lo necesitan, sino que para hacerlo deben trasladarse a otros lugares, viéndose obligados, en este caso, a hacerse de todo el efectivo, con los riesgos que ello implica, amén de los altos costos asociados", afirmaron.

"Por otro lado se ven impedidos de hacer pagos de servicios online, de transferir o recibir importes o de disponer de tarjetas de débito y/o crédito y todos sus beneficios asociados, entre ellos créditos por reintegros de IVA", indica el proyecto.

El Ministerio de Trabajo de la Nación establece que los empleadores deben abonar las remuneraciones en dinero de su personal permanente y contratado bajo cualquiera de las modalidades previstas en la legislación vigente, en cuentas abiertas a nombre de cada trabajador.

"Más allá de las claras obligaciones que fija la legislación citada, es de elemental sentido común y sensibilidad social, dar solución a una situación que vulnera no sólo principios de igualdad, sino que, además, impone límites a la libertad de disponer de sus bienes", explicaron Solana y Coli.

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