JUEVES 28 de Marzo
JUEVES 28 de Marzo // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  MARTES 23/05/2023
El STJ confirmó un amparo contra la instalación de una antena de telefonía en Ferro de Pico
El recurso extraordinario provincial fue presentado por la empresa Torresec Argentina.

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario provincial presentado por la empresa Torresec Argentina, contra un amparo promovido por un grupo de vecinos de General Pico, que se oponen a la instalación de una antena de telefonía celular en el estadio del club Ferro.

La acción de amparo fue avalada, en primera instancia, por el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería 2 de Pico; luego ratificada por la Cámara de Apelaciones de esa ciudad, y ahora confirmada por la Sala A del STJ, integrada por los ministros Eduardo Fernández Mendía y José Roberto Sappa.

Oportunamente, el juez de primera instancia, Gerardo Moiraghi, le dio curso al planteo vecinal, con el argumento de que la demandada no había cumplido con la presentación del apto de la Subsecretaría de Ambiente, ni con el compromiso de completar en cinco días la documentación faltante para recibir la autorización para el inicio de las tareas. Así, al hacer lugar parcialmente a la acción de amparo, condenó a Torresec “al cese, remoción y desmantelamiento de la obra ubicada en calle 104 entre 17 y 15”.

La firma especializada en el desarrollo, construcción y mantenimiento de infraestructura de telecomunicación móvil, por intermedio del abogado Sebastián Lorda, interpuso el recurso extraordinario provincial ante el STJ, cuestionando lo resuelto por la Cámara de Apelaciones.

Allí admitió que el cese es una atribución del Poder Judicial, en el marco de un amparo ambiental, pero consideró –entre otras objeciones– que la remoción y el desmantelamiento exceden sus facultades, y constituyen facultades del Poder Ejecutivo.

Fundamentos

Fernández Mendía y Sappa, al analizar la presentación, indicaron que la empresa habló de “errores en la aplicación de la acción de amparo ambiental”, y cuestionó la elección de la vía del amparo para canalizar la pretensión de “remoción y desmantelamiento de la obra”.

“No requiere mayor esfuerzo advertir que la forma en que el apelante propuso la vía impugnatoria no es compatible con la precisión exigida para la interposición del recurso extraordinario, puesto que éste debiera ser un planteo suficiente, idóneo y técnicamente hábil para justificar su examen”, y en cambio, “se asemejó más a la expresión de agravios de un recurso de apelación ordinario”, señaló el Alto Tribunal.

“Además –agregó–, en lugar de esgrimir argumentos jurídicos que patenticen la errónea aplicación de la ley, se circunscribió a reproducir los argumentos vertidos en el recurso de apelación, los cuales ya fueron analizados y desechados” por la Cámara.

“En síntesis, argumentos como los reseñados no contienen razones suficientes para dejar sin respaldo los fundamentos del pronunciamiento judicial impugnado, y por lo tanto, resultan inoperantes para abrir la competencia extraordinaria”, subrayaron los ministros.

Con respecto al fundamento defensivo de que existió una errónea aplicación de la ley –referidas al alcance del amparo y al avasallamiento de las facultades del Poder Ejecutivo–, la Sala A advirtió que “el recurso aludió genéricamente a la errónea aplicación de la ley sin sustento en norma legal alguna”; es decir, sin especificar qué normas se violaron con respecto a ambos puntos.

“Esas genéricas conceptualizaciones no quedan comprendidas en el concepto de ley (…) y mucho menos revelaron cuál sería el derecho infringido. Por lo tanto, resultó evidente la forma impropia de proponer el motivo para habilitar el recurso extraordinario (….), por cuanto la omisión apuntada acarreó la insuficiencia del recurso”, concluyó el STJ.​

Comentarios
 
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 24/05/2023 | 20:56 Hs
Enviado por omar
juan ,, pais generoso colocamos cualquier cosa en cualquier lugar
 
 24/05/2023 | 11:08 Hs
Enviado por JUAN
hay antenas y señales de radio en todo sentido, policia, ambulancia, bomberos, direc tv, internet por aire, telefonia movil. una senal mas no hace nada!!! esta todo medido y tienen que tener una baja frecuencia en db. (decibeles)
 
 24/05/2023 | 09:15 Hs
Enviado por para jose
Jose,son cosas distintas,una cosa es la fibra optica, que se despliega normalmente hasta las casas y tambien hasta estas antenas.otra cosa son las comunicaciones moviles(celulares ),con los cuales seguramente haces este comentario, para los moviles no hay opcion mas que antenas y son como esta que se instalan. si no estamos tal cual dice Juan. cuando no hay antenas en localidades sin comunicacion todos levantan la voz aduciendo que los dejan incomunicados,que no los tienen en cuenta,que a las compañias no les conviene los pueblitos con pocos habitantes,pero cuando instalan las mismas,empiezan a reclamar que estan muy cerca, que el medioambiente y varias pavadas mas sin sentido y los abogados se prenden por la plata.
 
 24/05/2023 | 08:40 Hs
Enviado por Jose L Rodriguez U
Espectacular va ser si la antena la ponen en frente o al lado de tu casa, donde juegan tus hijos. Ahora deberían analizar el caso de las otras antenas que están en la ciudad. Nadie puede oponerse al uso correcto de internet, pero deberían buscar otra forma de mejorar las comunicaciones, por ejemplo la fibra óptica. Una modalidad que esta en boca de funcionarios municipales y provinciales pero que luego permiten la construcción de estas antenas. Este no es servicio como el gas a la electricidad, donde los vecinos tienen un medidor y la posibilidad de llamar a un especialista si sucediera un accidente.
 
 24/05/2023 | 07:03 Hs
Enviado por juan
esta espectacular que pongan antena y medios de comunicacion. despues nos quejamos cuando no anda o se satura. tendrian que poner mas asi el servicio es fluido y veloz!!!
 
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Diseño y diagramación: A P