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JUEVES 28 de Marzo // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  JUEVES 14/02/2019
LA PAMPA
Condenaron a un jubilado por abuso sexual
El hombre de 70 años abusó de una menor de 15 años “al menos en cinco oportunidades”.

El juez de audiencia santarroseño, Daniel Alfredo Sáez Zamora, condenó hoy un jubilado de 70 años a la pena de seis años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, por haber sido cometido mediando violencia e intimidación, como delito continuado.

Además, el magistrado le mantuvo la prisión domiciliaria dispuesta oportunamente y bajo las mismas condiciones en que fue concedida hasta que la sentencia quede firme. La víctima fue una menor.

Con las pruebas reunidas durante el debate oral, Sáez Zamora dio por acreditado que el acusado abusó sexualmente a una niña de 15 en “al menos en cinco oportunidades”. Los hechos ocurrieron en la habitación matrimonial de su vivienda. Para lograr su cometido, amenazó a la víctima si llegaba a contar algo y “a veces le propinó cachetadas”, dice el fallo.

Durante los alegatos, el fiscal de General Acha, Juan Bautista Méndez, había solicitado una pena de 12 años; mientras que los defensores particulares, Omar Eduardo Gebruers y Alejandra Daniela Lezcano López, sostuvieron que el imputado debía ser absuelto ya que se trató de una causa “armada” por la policía porque supuestamente estaba enemistada con él.

Sáez Zamora le dio credibilidad al testimonio brindado por la menor en Cámara Gesell y calificó de “hostil” a una testigo -la pareja del victimario-, al expresar que su relato no resultó creíble y que estuvo “al borde de la mendacidad”.

El juez, a su vez, descartó la existencia de una conspiración policial en su contra, como afirmó el imputado. “Más allá de que intentó ofrecer una explicación sobre el móvil por el que fue acusado, lo cierto es que para que dicha versión sea plausible, ella debería haberse compatibilizado con la restante prueba ofrecida y producida durante la audiencia de juicio oral”, indicó.

Para fijar la pena, Sáez Zamora valoro a favor del reo su falta de antecedentes penales computables, que posee un trabajo que le permite ganarse el sustento y su edad, todo lo cual le hizo concluir que se trata de una persona que hasta ahora no había tenido “mayores conflictos con la ley penal”.

Con relación al pedido de la fiscalía, señaló que “no ofreció mayores fundamentos” de porqué requirió 12 años de prisión. “No probó cuál fue la extensión del daño sufrido por la menor y tampoco si esos eventuales daños se extendieron a la totalidad del núcleo familiar”, remarcó.

“Dado que la fiscalía no aportó fundamentos suficientes para respaldar el pedido sancionatorio y la falta de pruebas sobre la extensión del daño, entiendo que no puedo apartarme del mínimo legal previsto por la norma, por lo que considero justo y equitativo imponer una pena de seis años de prisión”, indicó el juez.

Con relación a la mantención de la prisión domiciliario, la autorizó ya que las dos partes estuvieron de acuerdo con esa pretensión.

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