En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó a un hombre de 24 años como autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la que mantiene o mantuvo una relación de pareja”; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
Además, le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente a la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley y someterse al ente de políticas socializadoras. También le ordenó la prohibición de acercamiento al domicilio y a los lugares de habitual concurrencia de la denunciante –su ex pareja- como así también prohibición de todo tipo de comunicación y contacto respecto a la misma; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico, destinado a evitar comportamientos violentos contra terceros.
Con las pruebas aportadas en el legajo, quedó acreditado que en la madrugada del 1 de enero del corriente año, el imputado mantuvo una discusión con quien era su pareja, a quien agredió físicamente provocándole lesiones leves.
La magistrada agregó que “el delito de lesiones leves cometido por el encausado, respecto de la nombrada se agrava debido a la relación de pareja que tenía con la misma y por mediar violencia de género, toda vez que se vislumbra la existencia de un contexto de violencia contra la mujer, conforme las previsiones de la Ley Nacional Nº 26.485 y la Convención de Belém Do Pará”.
El acuerdo de juicio abreviado fue firmado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Guillermo Costantino y el imputado. La damnificada al ser informada sobre el acuerdo arribado por las partes prestó su conformidad.