JUEVES 25 de Abril
JUEVES 25 de Abril // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  LUNES 04/09/2017
El tránsito y los carteles que generan dudas
Molesto su atención, con la inquietud de poder publicar en este medio la incertidumbre que se me presenta cuando circulo por la ruta 1 entre las calles 102 y 500.

Como podrán observar en las fotos adjuntas, al llegar a la calle 2 nos encontramos con un cartel que dice que la ONDA VERDE está programada para una velocidad de 45 km/h.

Pasando esta arteria (la calle 2), nos encontramos con un cartel de velocidad máxima a 40 Kms. De ahí mi duda. ¿Cuál de estas señales es la que debemos respetar?

Si alguien del Departamento de Tránsito me lo puede explicar o dar algún fundamento para esta situación mucho voy a agradecer.

Atentamente.

 

Jorge Luis Bergés

DNI:10626467

 

 

Comentarios
 
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 06/09/2017 | 09:25 Hs
Enviado por Las Peras y El Olmo
Solución : circular a máxima 40, y si no llega al verde... espere. 😊👌. Como la frase que le atribuyen a Napoleón :" vístanme despacio que estoy apurado", en clara alusión a que cuando uno se apura, sale todo para el tujes. Y las multas son caras.
 
 05/09/2017 | 18:29 Hs
Enviado por Vecina
Hay que aclarar también que... el cartel dice máxima 40, el otro cartel dice onda verde 45 y en el trayecto de la avenida a la 10 para enganchar la onda verde tenes que ir a 50 o mas. Y ojo han puesto cámaras en casi todos los semáforos de la ciudad... incluso en la ruta.
 
 05/09/2017 | 17:28 Hs
Enviado por jorge Luis Berges
Alejandro si, se que pertenece a provincia, gracias por comentar la nota pero la municipalidad de Gral. Pico,se encarga del mantenimiento de semáforos y tengo entendido que fue la que coloco los carteles, por eso pido que me expliquen o me den algún fundamento si es que fueron directivas de provincia, de ser así dirigiré mi pregunta a Vialidad Provincial. Beto igual para vos, gracias por comentar la nota como dice el dicho, hecha la ley, hecha la trampa, según el Art. 36 de la Ley 24449 (transito) que seguramente que es la que mencionas la Prioridad Normativa. En la vía publica se debe circular respetando las indicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación, las señales de transito y las normas legales, en ese orden de prioridad, no tengo conocimiento que la doble lineas que mencionas indique velocidades mínimas o máxima, la interpretación que tengo es DOBLE LINEA AMARILLA. Ésta sirve para dividir una avenida o ruta en dos sentidos, cuando está presente está prohibido rebasar o cruzarla. salvo que te refieras a las señales para los días de neblina, te repito no tengo conocimiento que indique velocidades. atte.
 
 05/09/2017 | 14:45 Hs
Enviado por Alejandro
Jorge vos sabes bien que la ruta 1 es jurisdiccion de la provincia de la pampa, no de la municipalidad ...
 
 05/09/2017 | 08:27 Hs
Enviado por Beto
Estimado Berges: A mi me hicieron una multa por exceso de velocidad 50 KM/h.. pero lo llamativo de esto es que el sector donde se me infracciona ( vía radar ) esta demarcado con doble linea amarilla y que por ley esta indica mínima 40 máxima 60, por lo que no estoy según ley nacional en falta; ahora se entiende que radio urbano es 40 y mi pregunta es ... A que debo ajustarme a ley nacional o a los caprichos de los incisos?.. yo creo que este tipo de señalización es tendenciosa y malintencionada.. ( quiero aclarar que puedo estar equivocado )
 
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Diseño y diagramación: A P