El Concejo Deliberante continúa trabajando en la nueva ordenanza para taxis y remises en el ámbito de la ciudad.
En la última reunión de trabajo llevada adelante en el ámbito de la Comisión Interna N° 1 Reglamentaria, Administrativa y de Salud Pública, que preside el concejal del Partido Justicialista, José Luis Angelucci, se trataron los siguientes aspectos de la futura ordenanza de Taxis, Remises y Radio-Taxis:
Taxi o remis: vehículo afectado al transporte público de automóviles de alquiler con taxímetro, habilitado a tal fin por la autoridad de aplicación.
Radio-Taxi: vehículo habilitado como taxi y afectado a una agencia de radio.
Antigüedad: no mayor de dos años para habilitarlo por primera vez y para mantenerlo en servicio, no mayor a ocho (8) años. Para el supuesto cambio de vehículo, la antigüedad no podrá ser mayor a cuatro (4) años. En todos, la antigüedad se computará a partir del año-modelo.
Modelo para Taxis y Radio Taxis: tipo Sedán, rural o utilitario de cuatro (4) o cinco (5) puertas, con baúl libre de 430 decímetros cúbicos.
Modelo para Remises: tipo sedán, rural o utilitario de cuatro (4) o cinco (5) puertas, con baúl libre de más de 430 decímetros cúbicos.
Pintura exterior del vehículo para Taxi o Radio Taxiserá de color blanco. Este requisito será exigible para los actuales vehículos habilitados en todos los casos de cambio de unidad. Para REMISES el color será monocromático.
Obleas autoadhesivas en puertas traseras de Radio-Taxis será OPTATIVA, y en el supuesto de ejercer la opción, deberán ser de una medida no mayor a treinta y siete centímetros (37 cm) por veinticuatro centímetros (24 cm).
Carteles luminosos sobre el techocon la palabra Taxi, Radio-Taxi o Remis, serán OBLIGATORIOS para Taxis y Radio Taxis y OPCIONALES para los remises. Las medidas básicas del letrero no podrán ser inferiores a los 30 centímetros de largo y 10 centímetros de alto.
Revisación Técnica Vehicular Obligatoria de Jurisdicción Local:
a)para Vehículos 0 Km al año.
b) Vehículos de 1 a 4 años-modelo, cada seis mesas a partir de la primera.
c) Vehículos de más de 4 años-modelo, cada cuatro meses.
Publicidad: Los vehículos habilitados para la prestación del servicio de taxi, radio taxi o remis deberán llevar una oblea autoadhesiva de material micro perforado, con un alto máximo de dieciocho centímetros (18), colocada en la parte inferior e interior de la luneta trasera, conteniendo la palabra que identifica el servicio y el número de teléfono.
Licencia de conducir: no se exigirán los tres años de residencia en General Pico.
Prohibiciones: No podrán ser licenciatarios ni conductores las personas que registren antecedentes por delitos contra la integridad sexual.
Paradas y horarios de remises: Las paradas serán: a) en la Terminal de Ómnibus de la ciudad (zona demarcada):
b) Calle 15 entre 22 y 24 (vereda par, zona demarcada)
c) Hospital en calle 17 entre 110 y 112 (zona demarcada)
d) Cementerio (zona demarcada)
Deberán cubrir el servicio dentro de la Terminal de Ómnibus los 365 días del año, como mínimo el 60% de los vehículos habilitados en horario pico y dos unidades en la guardia activa y 2 unidades en la guardia pasiva, en el resto de los horarios.
Transferencia de taxis y remises: se autorizará por única vez a transferir la licencia obtenida para prestar el servicio de taxi y/o remis, a todos aquellos licenciatarios que hubieran abonado el canon previsto según la Ordenanza 106/11.