JUEVES 25 de Abril
JUEVES 25 de Abril // GENERAL PICO, LA PAMPA
Seguinos en
Compartir
Twittear
  LUNES 23/05/2016
Condenaron a 16 años a un mecánico acusado de abuso sexual y corrupción de menores
La pena, impuesta por el juez de Audiencia Marcelo Pagano, es una de las más duras conocidas por un delito semejante, habida cuenta que hace apenas unos días se confirmó una condena de 12 años por un homicidio.

La condena a R.A.M., de 39 años, soltero, nativo de Eduardo Castex, domiciliado en General Pico, de profesión mecánico, fue conocida en el mediodía del lunes.

Pagano resolvió condenar al imputado “como autor material y penalmente responsable de los delitos de: Lesiones leves calificadas por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer y mediare violencia de género (art. 89, 92 y art. 80 inc. 11º del C.P.) que damnifica a ÉMS  -Legajo Nº 24049-; Abuso sexual simple como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal como delito continuado, ambos agravados por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 Años (art. 119, 1º, 3º y 4º párrafo inc. “F” del C.P.) -Legajos Nº 24049 y 26684-, Abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (art. 119, 3º párrafo y art. 42 del C.P.) -Legajo Nº 24049-, Promoción de la Corrupción de menores agravada por haber sido cometida con violencia (art. 125 tercer párrafo del C.P.) -Legajo Nº 24049-, los que damnifican a AFS; y Amenazas agravadas por el empleo de arma (art. 149 bis, 1º párrafo, 2º supuesto del C.P.) que damnifica a FAU -Legajo Nº 24049-, todos en Concurso Real (art. 55 del C.P.)”.

R.A.M. fue condenando a la pena de 16 años de prisión de efectivo cumplimiento, con accesorias legales y costas.

El juez también resolvió absolver al hombre, “respecto a la imputación que se le formulara como presunto autor de los delitos de: Abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad (art. 119, 3º y 4º párrafo inc. “F” del C.P.) en perjuicio de ÉMS; Facilitación a la prostitución agravado por ser el autor conviviente (arts. 125 bis y 126 inc. 2º, último párrafo del C.P.) en perjuicio de EMS y de SBS, y Amenazas agravadas por el empleo de arma (art. 149 bis, 1º párrafo 2º supuesto del C.P.) en perjuicio de SBS, ÉMS, y de PM y AM -Legajo Nº 24049- (art. 354 del C.P.P.)”.

También se prorrogó la prisión preventiva por el plazo máximo previsto y no se hizo lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada por la defensa.

El magistrado ordenó además, “el decomiso de los elementos secuestrados con material pornográfico y demás elementos que lo integran”.

Comentarios
 
ACLARACIÓN: No se publicarán insultos, agravios, ni cualquier otro texto con términos injuriosos.
Tampoco se publicarán comentarios con mayúscula fija.
No observar estas condiciones obligará a la eliminación automática de los mensajes.
 
 24/05/2016 | 08:28 Hs
Enviado por Fernando
Lautaro, no se pone el nombre del abusador, para no victimizar nuevamente a las pobres víctimas que ya sufrieron demasiado. Si se pone el nombre del abusador, automáticamente se sabe quien fué la víctima. Es un estigma que no se lo puede sacar en toda su vida, más en un pueblo chico. Espero que suban las penas que aplican también a los ladrones comunes, ya que solo les dan un chas chas en la cola.- Saludos.-
 
 23/05/2016 | 22:58 Hs
Enviado por Para Pedro I de Lautaro
Coincido plenamente con vos, esta escoria social deberia ser señalada en cada rincon de la Argentina, y si no lo hacemos facil y menos costoso para la sociedad que mantener estas ratas presas, te encontraron in situ, ...
 
 23/05/2016 | 20:23 Hs
Enviado por Pedro I para Lautaro
Sabes porque no da el nombre la justicia, porque en menos de 8 años este degenerado lo dejan en libertad (para que vuelva a hacer lo mismo que hizo, ya que es un degenerado y encima a la cárcel va a un lugar protegido), y pueda reinsertarse en la sociedad. En provincia de Buenos Aires un Juez fue noticia ya que liberó (por que aduce que la ley lo dice y el se ajusta a derecho) a un violador wque en menos de 5 meses violó a una chica. Nos enteramos porque se hizo público por la valentía de la mujer, sino (como en muchísimos casos), no nos enteramos de nada, pero no por eso deja de pasar. Es como el tema de los robos, ya no se publican porque la estadística se fue al carajo, no es porque no haya más, y ni hablar de los ladrones, cada día hay más (los largan con menos de la mitad de las condenas miserables que les dan, cumplidas), ya que como no pasa nada, se reproducen. ¿Adonde iremos a parar?, es imposible de decir, con el gobierno que tenemos y la justicia, vamos a tener mucho más de lo mismo, Y eso que trato de no ser negativo, eeeeeeeeeh)
 
 23/05/2016 | 15:05 Hs
Enviado por Lautaro
No entiendo porque no ponen el nombre completo del condenado? Si este fue encontrado culpable como autor material y penalmente responsable de los delitos que se le imputaran, y no media ningún tipo de apelación a instancias superiores, es un CONDENADO y como tal para preservar la integridad del resto de la ciudadanía debería ser mencionado con nombre y apellido...o que esperamos tener otra Sofia Viale?
MD.Net: La justicia cuida que no trasciendan los nombres ni de los menores ni de las víctimas. Y es obvio que cuando tienen relación entre sí, tampoco se incluye el nombre del condenado. No sabemos si este es el caso, pero la justicia ofreció sólo las iniciales del hombre condenado.
 
Escriba su comentario



Diseño y diagramación: A P