VIERNES 19 de Abril
VIERNES 19 de Abril // GENERAL PICO, LA PAMPA
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  SÁBADO 25/03/2017
Otra de Gilardenghi: lo acusan de “moroso incobrable” por multa impaga
“Juez moroso incobrable”, tituló un vecino de General Pico aludiendo al juez de Control Alejandro Gilardenghi, quien al parecer vendió su auto sin pagar una infracción que le confeccionaron en Entre Ríos y que se negó a reconocer.

“Paso a comentarles de una situación muy vergonzosa de un funcionario judicial de nuestra ciudad de General Pico”, relató Nacho T. en las redes sociales. El joven está perfectamente identificado y al hacer pública la situación ofreció el documento donde consta la multa.

“En enero de 2015 le compré un auto a Alejandro Enrique Gilardenghi, el cual poseía una multa efectuada en Entre Ríos que se negó a pagar por que en ese momento "no era motivo para trabar la transferencia".

“Situación "rara" que desde mi ingenuidad dejé pasar. Esta semana vendí ese mismo auto. Al momento de transferirlo, vuelve a figurar esa multa junto con dos multas mías que las reconocí rápidamente. Actuando desde la "buena fé": aboné la totalidad de las multas para que la nueva compradora pueda transferir y recibir la nueva documentación sin ningún problema, ya que el sistema del Registro Automotor cambió su modo de funcionar, ahora sí o sí hay que cancelar las multas para que luego de realizada la transferencia, te entreguen la cédula y el título del automotor”.

“Mi "buena fé" se basaba en que al momento de informarle al Juez Gilardengui sobre mi pago de SU multa en Entre Ríos, me iba comprender y abonar lo que correspondía ($ 1807,06). Pero no tuve suerte, su respuesta vía Whatsapp fue en pocas palabras "Nacho, esas multas no se pagan. Me tendrías que haber preguntado antes de pagarlas, asi te ahorrabas vos también de pagar las tuyas".

“Gasté energías en explicarle que si no las pagaba, la nueva compradora no iba a recibir la documentación desde el Registro Automotor y su respuesta en pocas palabras fue: "Pero ese gasto no estaba en mis planes". Sorprendido y totalmente indignado por sus respuestas, me decidí a hacerlo público. Indignación total por su actitud y aun más, desde su puesto en la justicia. Un encargado de juzgar a los ciudadanos, me parece que no puede tener actitudes como éstas. "Multas que no se pagan"? Aplausos para vos Alejandro Enrique Gilardenghi! Que la ciudadanía piquense sepa en manos de quien estamos”, concluyó el vecino.

 

Comentarios
 
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 05/04/2017 | 17:38 Hs
Enviado por Sibelius
El espíritu del Cholo persiste firmemente en la JUSTICIA
 
 28/03/2017 | 15:47 Hs
Enviado por Good
Quien quiera ejercer su derecho, debe poner en internet ...MULTAS FOTOGRAFICAS.COMO DEFENDERSE. Tambien hay una publicacion del INTI titulado MULTAS FOTOGRAFICAS SABER COMO y alli va a poder copiar todo lo necesario que debe expresarle al TRIBUNAL DE FALTAS MUNICIPAL. No necesitan un abogado; vayan y lean. En internet esta todo, y ud no debe pagar nada por ello.
 
 28/03/2017 | 15:43 Hs
Enviado por Good
Y termino diciendo; Hay foristas que les molesta algun comentario; lo real es que fueron formalizados para aquellas personas que desconocen el sistema (por lo visto MUCHOS, que atacaron a Gilardenghi, cuando este TENIA ABSOLUTAMENTE LA RAZON en NO PAGAR ESAS MULTAS porque eran ilegales). Obvio que hay otra clase de foristas que el conocimiento de COMO DEFENDERSE Y ACTUAR, ante los abusos del ESTADO MUNICIPAL, les gusta conocer cuales son sus derechos (calculo que PEDRO es uno de ellos, porque de ahora en más, si paga una multa de estas, es porque ES RICO- porque lo real es que no debería hacerlo).
 
 28/03/2017 | 15:40 Hs
Enviado por Good
Bien Koki por la acotación, En la actualidad esto es correcto. Antes se apelaba al Juez penal o a la Camara penal (y hoy cambio ese sistema) de la Justicia. Y tienes razón, hoy el JUEZ QUE TRATA en APELACION ESTAS FALTAS es un órgano que perteneciente al poder judicial en donde recaen las apelaciones del juzgado de faltas municipal (Dr Boga Doyenhart) Respecto de la IMPARCIALIDAD, no me referi a este Juez integrante del PODER JUDICIAL, sino al del Juzgado de faltas MUNICIPAL. Creo que el Dr Boga Doyenhart es un muy buen juez, y en lo personal LAMENTO PROFUNDAMENTE que no integre un órgano superior, porque la verdad SE LO MERECE.
 
 28/03/2017 | 13:46 Hs
Enviado por Mao
Gracias Good, Totalmente aclarado.
 
 28/03/2017 | 13:45 Hs
Enviado por Koki
El órgano de apelación de las multas sancionadas por el tribunal de faltas es el Juzgado de Faltas ( calle 15 y 22 frente al banco pampa), cuyo juez fue designado por concurso. Las multas tienen un proceso contravencional específico adaptado para las multas con radar que no son ilegales siempre y cuando se cumpla la normativa específica. Las infracciones realizadas por funcionarios municipales en rutas nacionales son nulas porque el funcionario tiene competencia solo en el radio municipal
 
 28/03/2017 | 12:12 Hs
Enviado por La Cuñada
Lo raro es que la cuñada del Dr. Gilardenghi, abogada ella, trabaja para la Municipalidad de Pico, cobrando las multas que realizan los inspectores de tránsito....entonces, las multas se pagan o no se pagan??????????
 
 28/03/2017 | 11:01 Hs
Enviado por nati
q puterio todos estos comentarios por favor! por q no se dejan de joder y exponen lo legitimo, q si es k o no, si la tiene o no adentro por otro tema, escandalos y gente prejuiciosa de un pueblo dde hay algunos pelot... disfrazados de abogados, y en sus vidas dejan muchisimo q desear, ya q reclaman tnto a este juez, quiero dejar en claro q no acuerdo con ell, si cometio infracción y no pago, pero xq no actuan uds abogaditos de cuarta tambien moralmente en sus vidas?
 
 28/03/2017 | 10:27 Hs
Enviado por pregunto
quién carajo es este "good" que está tan al pedo que no se pierde una ?
 
 28/03/2017 | 08:41 Hs
Enviado por Good
No Mao, hay un error de interpretacion producto de que me falto la coma; Ud debe leer ... Las personas jurídicas, como los autos, NO COMETEN INFRACCIONES; Lo que le quise decir es que SOLO LAS PERSONAS FISICAS cometen actos ilícitos regidos por el Código Penal; Obviamente la persona jurídica, NO ES PERSONA FÍSICA (si hubiera algún delito, lo cometería o su presidente o Gerente o persona que lo administra con el cargo suficiente para hacerlo, pero jamas podran sancionar a una S.A; SRL; Coop. etc); Los autos, tampoco son PERSONA sujeto de sanción penal (lo que hacen es sancionar a la persona y EMBARGAR EL AUTO para que ese parte del patrimonio del sujeto, soporte el pago de la multa). Por eso le ruego mi pedido formal de disculpas por que al escribir, no marcó la COMA. y ud debio leer...las personas jurídicas, (coma) COMO LOS AUTOS, ... NO COMETEN ILÍCITOS. Le ruego sepa disculpar mi yerro en el teclado.
 
 27/03/2017 | 23:50 Hs
Enviado por De Good "para Good"
La tenes adentro por algun temita... disfrutala que por esta no te cobro honorarios.
 
 27/03/2017 | 23:49 Hs
Enviado por Para Pedro de Good
Pedro, si Ud tienes una ley que dice BLANCO, y hay una Intendencia que se pasa la ley por sus partes pudendas, y Ud. lo aceptas...LO LAMENTO. Lo primero a hacer cuando recibe una multa si Ud vive a mas de 60 kms del lugar donde la tomaron, es mandar una C Doc. pidiendo ser juzgado en su domicilio. (alli termina el 90% de las multas). Si el trámite continua y ud plantea su defensa, en Pico muy probablemente el Juez de Faltas (que es un empleado municipal) es probable que no le de la razón, y dictará sentencia en contra, pero a Ud. le cabe la apelación a la justicia penal de Pico (y alli de Juez esta Gilardenghi; habría que ver como falla en ese caso...?). Obvio que si Ud consiente la sentencia de la instancia de la JUSTICIA DE FALTAS por ahi le queda firme y deberá pagarla. Pero le aconsejo que recurra ese fallo. La ley, no la hacen los abogados (mal que a Ud le pese) las hace el CONGRESO NACIONAL y los jueces que fallan en contra de una ley, pueden ser denunciados penalmente por PREVARICATO y removidos por MAL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES, ya que las leyes están para que él las aplique. Lo grave del sistema es que el JUEZ DE FALTAS sea un empleado municipal, cuando debería ser parte del PODER JUDICIAL, lo que garantizaría su IMPARCIALIDAD; además para su nombramiento, debería cumplir diferentes pautas de profesionalidad que el sistema Municipal actual para el cargo de J de F no tiene. Aca solo hay que ser "del palo" político, entonces , sus fallos no son creíbles. Por eso Ud tiene la instancia de REVISION de la JUSTICIA PENAL. Y no de por sentado que las multas LAS PAGAN TODOS... ya ve, el Juez de esta noticia, no lo ha hecho, sospecho que es porque cree en su ILEGALIDAD (yo también creo eso... pero el director de MD me ha respondido que NO DISCUTE CONMIGO SUS DECISIONES EDITORIALES, y bue, ante eso, debo aceptarlo (...). Gilardenghi TIENE RAZÓN EN NO PAGAR LA MULTA
 
 27/03/2017 | 22:56 Hs
Enviado por Mao
Estimado Good: Mis conocimientos de derecho son limitados por eso me gustaría que me explicara por qué un auto es una persona jurídica. Ya que yo evidentemente estaba equivocado, porque tenía otro concepto. Gracias.
 
 27/03/2017 | 21:41 Hs
Enviado por Hipolito juan Domingo
Las multas entrerrianas de una ilegalidad absoluta.
 
 27/03/2017 | 20:44 Hs
Enviado por julio
Che este Juez de .... Nada... Como puede diferenciar el bien del mal, si no es ejemplo en lo más mínimo, y cag. Al estado y a personas, en lindas manos cayó la justicia.
 
 27/03/2017 | 18:51 Hs
Enviado por para Good
te faltó decir "disparate jurídico" que tan afianzado lo tenés en tus pedorros escritos judiciales. Mamarracho.
 
 27/03/2017 | 17:56 Hs
Enviado por Pedro I para Good
Si tal como Ud. dice no hay que pagarlas, porque cuando una persona se niega, seguidamente el municipio no le da el carnet de conductor; además, si le inician una demanda al presunto infractor tomado con radar, se la terminan cobrando (que falla el Juez de faltas, entonces, si como Ud dice la Ley dice otra cosa). Entiendo que en este país los abogados retuercen las leyes y lo que es negro lo hacen parecer blanco; pero, si también se tuerce el criterio de un Juez, teniendo como Ud dice una LEY clara, estamos en el horno con papas. Y por lo que veo acá las multas las pagan todos, es decir la Ley 24449, en Pico no existe, o al Juez le dieron otra ley para juzgar, porque le puedo asegurar que el municipio paga parte de los sueldos con la recaudación de las multas. Y parece que este NEGOCIO da en todo el país.-
 
 27/03/2017 | 15:33 Hs
Enviado por Good
Estimada Florencia permitame desasnarla. Las personas jurídicas como los autos, NO COMETEN INFRACCIONES; las infraciones las cometen los seres humanos. Por eso la ley 24449 art 70 es muy sabia y OBLIGA A UN OFICIAL PUBLICO, a detener al sujeto en infracción e IDENTIFICARLO. a) En materia de comprobación de faltas: 1. Actuar de oficio o por denuncia; 2. Investigar la posible comisión de faltas en todo accidente de tránsito; 3. Identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia inmediata a la que pertenece; 4. Utilizar el formulario de acta reglamentario, entregando copia al presunto infractor, salvo que no se identificare o se diere a la fuga, circunstancia que se hará constar en ella; Esto lo dice la ley. Solo algún profesional salido de alguna PITMAN recibo en derecho y otrora con el cargo de Juez de Faltas, puede decir un DISPARATE EN CONTRA. Por eso las multas de radar NO SON VALIDAS y no cumplen con la LEY. Y por ende, no hay obligación de pagarlas.
 
 27/03/2017 | 14:26 Hs
Enviado por Hay Florencia
Hay Florencia...cuanta ignorancia lo suyo....
 
 27/03/2017 | 10:53 Hs
Enviado por Lorena
Estos son los jueces que tenemos en este país.... Una más de éste y van...
 
 27/03/2017 | 09:07 Hs
Enviado por Florencia
No todas las multas son a las personas.... o contame cuando te engancha el radar con exceso de velocidad... vos firmas la multa?? NO, llega a la casa del titular del auto.. y la tenes que pagar!!! A mi me paso.
 
 27/03/2017 | 08:44 Hs
Enviado por para el Señor Juez
No puede cagarse en una multa insignificante, por injusta que pueda ser, con el sueldazo que tiene. No sea miserable y evite exponerse en lo medios por semejante boludez.
 
 27/03/2017 | 04:58 Hs
Enviado por Johnny
Y si la multa existia en el registro cdo el juez le vendio el auto a Nacho T, como hizo para transferirlo sin pagarla? Hummmmm aca hay gato encerrado.. algo huele mal en Dinamarca
 
 26/03/2017 | 23:00 Hs
Enviado por Eli
las multas son personales : el acta se le hace a una persona ( humana) no transferir con deuda, la deuda se mantiene en sujeto que la comete. El auto no hace infracciones solo . En esto consiste en la mala información que da el registro... el pago de una infracción no es un deber moral, y en todo caso cada infracción acarrea un proceso contravencional donde existe el derecho de defensa, la prescripción que solicitan todos en el municipio local todos los días consiste en que cesó la facultad de exigirlo judicialmente. ...
 
 26/03/2017 | 22:54 Hs
Enviado por Escrachado
Si lo tuvo que escrachar es porq no se lo podia cobrar x vias legales. Sencillo
 
 26/03/2017 | 22:19 Hs
Enviado por Popy
Y a todo esto, la multa de que era??? Xq no se sabe.. o si??
 
 26/03/2017 | 22:18 Hs
Enviado por Obligacion
Las obligaciones son o no son exigibles juridicamente. Si no son exigibles, nadie las paga. Nadie paga una multa x cuestion de "moralidad".. ademas de moral quien puede hablar?
 
 26/03/2017 | 21:22 Hs
Enviado por vecino
compre un auto de otra provincia el registro no te entrega la documentación si no pagan la multa
 
 26/03/2017 | 20:35 Hs
Enviado por Para Eli
Que tiene que ver si prescribe o no??? Es un tema moral por el cual juran los funcionarios públicos. Las multas no son indebidas eso es mentira. Si pasas a mayor velocidad en una ruta nacional que esta en un municipio donde la ley dice que la máxima es 60 y vos pasas a 80 es multa. Quien la quiera cobrar es otro tema. Pero moralmente por lo menos se debe cumplir con el deber moral. Aaahh cierto que lo perdieron.
 
 26/03/2017 | 19:45 Hs
Enviado por Compren sin deuda o gravamen.
Si hagan negativa e pago y le pasan el problema que compra es así de sencillo, yo si compro a mi el auto me o entregan lubre de todo tal como se estipula en la operación de compra venta.
 
 26/03/2017 | 17:14 Hs
Enviado por Eli
Las multas son sanciones penales. La prescripción opera a las 2 años desde la sentencia. esa multa en particular ( ruta nacional labrada por el municipio) es a parte nula eñy su cobro es indebido. Los registros hacen la tres de cobranza que no es gratuito ovbiomente. ... solo se firma la negativa al pago y la transferencia se hace.
 
 26/03/2017 | 16:17 Hs
Enviado por Prescribio
Se llama Prescripcion, no "multas que no se pagan".. habria que aclararlo para que no oscurezca
 
 26/03/2017 | 14:22 Hs
Enviado por Riki
M.D. Le insisto en los términos del mensaje anterior. De cualquier manera la suya es una posición respetable. Gracias por su respuesta.
 
 26/03/2017 | 13:22 Hs
Enviado por jack de molay
como es el asunto?, alguien muerde en esto , los gestores o el registro, cuando vendi mi auto tenia 3 multas de otras provincias y el gestor me obligo a pagarlas porque si no, decia no lo podia tranferir,,,,,raro no ?
 
 26/03/2017 | 12:44 Hs
Enviado por Tomas
El registro no cobra comision, no hablen pavadas, yo trabaje en uno de ellos. Y tanto yo como tantos otros, al momento de transferir pagamos las multas como se debe. No tiene nada que ver que la multa sea de 3 años atras, si aparece es porque no expirò, y si aparece es porque hay que pagarla. Que no sea ... Gilardenghi, multas que no se pagan! JA!
 
 26/03/2017 | 12:15 Hs
Enviado por Riki
MD.Net: No discutimos criterios editoriales con los lectores.
 
 26/03/2017 | 11:22 Hs
Enviado por Alejandra
A ver gente acá lo importante no es si al pobre tipo lo cagaron en el registro...que no es de extrañar.. Ya que la gente de buena honra siempre paganmos nuestras deudas...acá lo importante y lo indignante es que el Se Juez gana 100mil por mes el solo!!! Que vergüenza!!! Que se vaya por favor del sistema judicial
 
 26/03/2017 | 10:18 Hs
Enviado por Andres
Es campaña política!!!!! Y los diarios se venden !
 
 26/03/2017 | 09:42 Hs
Enviado por elba
que lastima que el desconocimiento lo lleve a tamaña agresión ... gastó energías porque no conoce la ley, el juez si
 
 26/03/2017 | 09:28 Hs
Enviado por Tres años
Ademas por lo que se ve en la foto, la multa era de hace mas de tres años atras..
 
 26/03/2017 | 08:57 Hs
Enviado por Las Peras y El Olmo
Me parece que por una cuestión de ética mínima debió presentar un descargo o abonar la multa, por inherencia a su función. Pero bueno, qué puede saber uno, voy a seguir pelando papas.
 
 26/03/2017 | 07:01 Hs
Enviado por Hay cada uno...
(...) Con identidad real.
 
 26/03/2017 | 01:36 Hs
Enviado por Para Nacho
Tal como dice Juan te hicieron el verso en el registro porque ellos cobran comision por ese tramite. (...)
 
 26/03/2017 | 01:21 Hs
Enviado por pepe
...
 
 26/03/2017 | 00:43 Hs
Enviado por Tuca Prodan
Es k a partir de ahi todo es posible
 
 25/03/2017 | 23:25 Hs
Enviado por Carlos
No entiendo cuál es el problema?
 
 25/03/2017 | 22:53 Hs
Enviado por juan
te comento nacho, en el registro del automotor nada ha cambiado ... el tipo de multas a las cuales te referis no te inhabilitan a vos ni a nadie a continuar el trámite de transferencia, las multas son sobre la persona y no sobre el vehículo, la sra. que compró tu auto simplemente tiene que firmar el form. 13I negando el pago de una multa que no le corresponde por ser un titular anterior el responsable de ello. la semana pasado vendí mi auto y el sr. que lo compro hizo extactamente lo que te comento y no tuvo inconvenientes en terminar el trámite, yo por mi parte no pienso pagar multas que en mi caso son anticontitucionales y carentes de legalidad. quizás el caso del sr. gilardenghi sea algo similar. ...
 
 25/03/2017 | 22:33 Hs
Enviado por marcelo
Sr Nacho usted tambien es muy atrevido como le va a querer cobrar una multa al sr Juez que solo debe cobrar algo asi como $ 70000 y su sra esposa algo como $ 40000 si le dan $1700 no llegan a fin de mes, ubiquese.
 
 25/03/2017 | 20:45 Hs
Enviado por Tony
Teléfono para Mister "T"...
 
 25/03/2017 | 19:59 Hs
Enviado por picorto
edta es la verdadeta justicia que tenemos rn nuestro bastardeado pais
 
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