La Municipalidad de Arata informa que mediante Ordenanza N° 26/2016, el Concejo Deliberante prohibió la venta y/o entrega de bolsas camiseta de nylon en la localidad desde el próximo año.
Entre los fundamentes, los ediles de Arata argumentaron “la necesidad de adoptar medidas que protejan el medio ambiente”. Al mismo tiempo, el Concejo Deliberante hizo mención al artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina, precepto que también se encuentra establecido en la Constitución de la Provincia de La Pampa:
“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”, detalla el texto.
“El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley, Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización nacional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural, y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”.
“Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales”, concluye.