MARTES 23 de Abril
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  MARTES 05/05/2015
El STJ suspendió el decreto que prohíbe las colectoras
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) aceptó una medida cautelar y suspendió los efectos del decreto del gobernador Oscar Jorge que prohíbe las listas colectoras. Alcanza solamente a los candidatos del PJ. Aún, sin embargo, el decreto no fue declarado inconstitucional. (Diario Textual).

Esta medida es provisoria. Es que aún el máximo organismo judicial no resolvió la cuestión de fondo. Es decir, si el decreto es inconstitucional o no. "Podría resolverlo en 10 o 15 días", dijo el apoderado del PJ, Pablo Bensusan, a Diario Textual.

El decreto en debate es el 104/15, que prohíbe las colectoras al incorporar el artículo 9 bis a su similar 859/2003. Dice textualmente: "En las elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas los pre candidatos se presentarán en un único cuerpo de boletas, en una única identidad de línea interna partidaria, excluyéndose la posibilidad de vincularlas materialmente, a través de la unión de sus respectivas boletas de sufragio con otras boletas de distintas categorías de otra línea o línea interna partidaria".

El PJ, ante ese decreto, interpuso una acción declaratoria de certeza para establecer si es constitucional o no el decreto de Jorge. Y, por otro lado, mientras se analiza y resuelve esa acción, reclamó una medida cautelar para que lo suspenda. Esa cautelar es la que hoy se resolvió favorablemente.

La cautelar llegó justo al filo de que culmine el plazo para presentar las listas, este miércoles. Por el momento, el PJ -en concreto, quien las reclama es el vernismo- podrá presentar colectoras, según lo permite la cautelar.

Así, por ejemplo, las precandidaturas a intendentes de Santa Rosa de Luis Larrañaga y Juan Tierno podrán ir atadas a la postulación a gobernador de Carlos Verna. Eventualmente, si posteriormente el STJ falla en contra de la presentación del PJ sobre la cuestión de fondo, en las internas del 5 de julio deberán dejar de ir junto a la postulación de Verna.

La semana pasada, al argumentar, el gobernador Oscar Jorge contestó ante el STJ que el Partido Justicialista no está “legitimado” para iniciar una demanda contra el decreto 104/15. Además, dijo que no pudo haber modificado la ley porque las colectoras no están previstas en la legislación pampeana.

Expresó también que la legislación nacional no resulta aplicable. Entre otras razones, manifestó, porque se vulneraría el sistema federal; no existe adhesión a las leyes nacionales; el sistema del decreto nacional no está previsto para internas abiertas; y la remisión al Código Electoral Nacional que se hace en el artículo 32 de la Ley 1593 –Ley Electoral Provincial- no implica adhesión al decreto 443/11, ya que este decreto exige expresamente la adhesión de las provincias para que cobre operatividad en ellas, y no ha existido en La Pampa tal adhesión", sostuvo.

Para descargar el documento de STJ haga click aquí 

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